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Las personas naturales que deseen ser parte de la C.A.C.U.P deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar domiciliado o mantener su residencia permanente en el sector San José de Sidcay cuando menos dos años ininterrumpidos.
b) Ser mayor de edad, o actuar mediante representante legal en el caso de ser menores de edad.
c) Solicitud por escrito dirigida al Directorio del Comité Pro/mejoras San José de Sidcay, el cual deberá dirigir notificación de aceptación a la C.A.C.U.P en forma inmediata.
d) Estar en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y ser miembro del Comité Pro/mejoras San José de Sidcay.
e) Entregar la documentación necesaria al secretario de la C.A.C.U.P, a fin de legitimar su situación como socio o socia activo/a.
Las personas jurídicas u organizaciones sociales que deseen ser parte de la C.A.C.U.P, deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio en el sector San José de Sidcay a lo menos 6 meses.
b) Tener número de acuerdo ministerial en el que conste su fecha de creación, o; aprobación social según sea el caso particular.
c) Solicitud por escrito dirigida al Directorio del Comité Pro/mejoras San José de Sidcay, el cual deberá dirigir notificación de aceptación a la C.A.C.U.P en forma inmediata.
d) Contar con un representante, legalmente constituido o legítimamente nombrado y reconocido a fin de actuar como socio activo de la C.A.C.U.P.
e) Entregar la documentación necesaria al secretario de la C.A.C.U.P, a fin de legitimar su situación como socio activo.
– Por renuncia voluntaria por escrito.
– Por expulsión.
– Por exclusión
– Por muerte del socio, sin embargo, sus obligaciones serán transmitidas según el orden de sucesión.
– Por situación legal de procedencia Judicial en relación a obligaciones.
Se entenderá por multa a un socio o socia de la C.A.C.U.P, a todo aporte pecuniario, motivo de incumplimientos al reglamento o; de actividades o políticas que desarrolle la misma, como:
-Atraso injustificado a las Asambleas ordinarias o extraordinarias.
-Falta injustificada a las Asambleas ordinarias o extraordinarias.
-El emplear, términos o frases ofensivas o injuriosas para con los demás socios, socias o para con -los miembros del Consejo de Administración.
-Realizar actos o acciones proselitistas dentro de la organización.
-El realizar actos de disociación comprobados.
Son deberes de los socios:
– Conocer, respetar, cumplir y hacer cumplir el, reglamentos y resoluciones del Consejo de Administración y la Asamblea General.
– Contribuir en forma efectiva al cumplimiento de los fines y objetivos de la C.A.C.U.P.
– Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias y a todos los eventos promovidos por la C.A.C.U.P que fueren convocadas con debida anticipación; se podrá delegar a un representante mayor de edad (conyugue, hijo/a mayor) por casos de fuerza mayor, pero con la debida justificación de su ausencia (enfermedad, trabajo, viajes). En este caso el representante tendrá voz y voto y asumirá las decisiones que tome la Asamblea quien deberá informar al socio titular inmediatamente.
– Servir los cargos para los cuales haya sido elegidos y colaborar en las tareas que se les encomienden.
– Cancelar oportunamente las obligaciones adquiridas con la C.A.C.U.P, esto es cumplir a tiempo con los pagos de los créditos y otras obligaciones con el grupo (garantías), mediante el pago al/a la Tesorero/a de la C.A.C.U.P.
– Compartir las finalidades de la C.A.C.U.P y colaborar con la consecución de la misma.
– Todo socio o socia está obligado a llevar un correcto comportamiento.
– Cumplir con el resto de obligaciones que se establezcan en Asamblea General.
Son derechos de los socios:
– Abrir una o varias cuentas con seudónimos, mismos que no podrán exceder de tres.
– Intervenir en las deliberaciones de la Asamblea General con voz y voto.
– Elegir y ser elegido para los cargos directorios y de representación de la C.A.C.U.P.
– Participar en los eventos que la C.A.C.U.P, promueva.
– Solicitar información de la gestión económica y social de la C.A.C.U.P, en cualquier momento; siempre y cuando observe el presente reglamento y resoluciones en cada caso.
– Gozar de los beneficios que establezca la C.A.C.U.P.
– Someter a consideración de la Asamblea General y el Consejo de de Administración propuestas, proyectos y sugerencias.
– Ser oído con carácter previo a la adopción de las medidas disciplinarias contra él o ella, y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que en su caso imponga la sanción.
– Impugnar las resoluciones emitidas por el Consejo de Administración, que estime contrarios a la ley o al reglamento.
– Ser atendido cordial y oportunamente por los dirigentes de la C.A.C.U.P.
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